martes, 29 de marzo de 2016

COAG-CV RECUERDA: Solicitud Ayudas de primera incorporación de jóvenes agricultores




COAG-CV, RECUERDA:

EL PLAZO PARA SOLICITAR LAS AYUDAS A LA PRIMERA INCORPORACIÓN DE JÓVENES AGRICULTORES ESTA ABIERTO HASTA ELPRÓXIMO 9 DE ABRIL.

SI TODAVÍA NO LO HAS HECHO, INFÓRMATE Y HAZ LA SOLICITUD DE FORMA GRATUITA EN NUESTRAS OFICINAS DE COAG CV.




¿PARA QUE ES ESTA AYUDA?

Para apoyar la primera instalación en explotaciones que alcancen la calificación de prioritaria y que los beneficiarios de la ayuda lleguen a cumplir con los requisitos para ser considerados agricultores activos y profesionales tras la ejecución de un plan empresarial que finalice tras la concesión de la ayuda.

¿QUIEN PUEDE SOLICITAR ESTA AYUDA?

  Pueden solicitar la ayuda a la primera instalación los jóvenes que deseen incorporarse a la actividad agraria o, en su caso, que hayan iniciado el proceso para su instalación dentro de los 24 meses anteriores a la presentación de la solicitud de ayuda, se comprometan a cumplir con el resto de requisitos de la medida y siempre que no hayan tenido ingresos, incluyendo ayudas, por actividades agrarias incompatibles con el plazo máximo de 24 meses anteriores a la presentación de la solicitud de ayuda establecido para haber iniciado el proceso de instalación.

CUANTÍA DE LA AYUDA
 Las ayudas a la primera instalación de agricultores jóvenes consisten en una prima cuya cuantía básica se establece en 20.000 EUR, que puede incrementarse en los siguientes importes:

a) 5.000 EUR cuando el joven agricultor se instala como miembro de una entidad asociativa, que no sea unipersonal, con personalidad jurídica que sea titular de una explotación agraria que alcance la calificación de explotación prioritaria tras la ejecución del plan empresarial. Las solicitudes que puedan acogerse a este incremento del importe base no podrán acogerse a los apartados b) y c).

b) 10.000 EUR cuando en la solicitud de ayuda se prevea la utilización de más de 2 UTA y hasta 3 UTA tras la implementación del plan empresarial.

c) 15.000 EUR cuando en la solicitud de ayuda se prevea la utilización de más de 3 UTA tras la implementación del plan empresarial.

d) 10.000 EUR para las solicitudes que prevean la instalación en una explotación mixta con al menos 0,5 UTA en el conjunto de orientaciones agrícolas y 0,5 en el conjunto de orientaciones ganaderas. Este tipo de explotaciones mixtas pueden contribuir a mejorar la viabilidad de la explotación al diversificar la producción, pero tienen unos costes de instalación mayores como consecuencia de las diferentes necesidades de cada orientación que procede compensar.

e) 5.000 EUR si la explotación se encuentra ubicada en su mayor parte en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, según el Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020 o en zonas incluidas en la red Natura 2000.

f) 15.000 EUR si la explotación se encuentra ubicada en su mayor parte en zonas de montaña, según el Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020. Este apartado es excluyente con el anterior.

g) 5.000 EUR si la solicitud prevé que la explotación disponga de instalaciones para el acondicionamiento y/o transformación de, al menos, el 25% de la producción obtenida en la explotación

h) 5.000 EUR si el plan empresarial contempla la recuperación de tierras en estado de abandono, que supongan al menos el equivalente a 0,3 UTA. El cumplimiento de esta condición debe verificarse a través del SIGPAC o mediante informe de los servicios técnicos de la Administración. Este incremento compensa el coste adicional que supone la instalación en una explotación en la que parte de las superficies que no se encuentran en producción y, por tanto, requieren inversiones adicionales para la recuperación agronómica de las tierras.

En cualquier caso, el importe total de la ayuda puede alcanzar como máximo los 70.000 EUR. 

El pago de la ayuda se realizará en dos tramos. El primero de ellos supondrá el 70% del total de la ayuda, y se abonará cuando el joven acredite su instalación efectiva. El segundo pago correspondiente al 30% del total de la ayuda está supeditado a que la explotación alcance la calificación de explotación prioritaria tras la ejecución del plan empresarial.

 

 
Se adjunta la ORDEN CON LAS BASES REGULADORAS DE DICHAS AYUDAS, y la RESOLUCIÓN DE APERTURA DE PLAZO (incluye el modelo de solicitud)
 
Más información en oficinas comarcales de COAG-CV, en esta dirección de correo electrónico o en el teléfonos 608383444/ 626877770